INSTRUCCIÓN ADMINISTRATIVA No. 01-23
DE: SUPERINTENDENTE DE
NOTARIADO Y REGISTRO
PARA: REGISTRADORES DE
INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL PAIS
FECHA: JUNIO 8 DE 2001
1.- Medidas preventivas en la toma de posesión de bienes, haberes y
negocios de entidades vigiladas por
2.- Comunicaciones en los casos de concurrencia de embargos ordenados
por jurisdicción coactiva.
Señores Registradores:
En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2°., numeral
2°., del Decreto 2158 de 1992 les solicito tener en cuenta lo siguiente:
Tema 1.
En los registros de medidas cautelares ordenadas dentro de un proceso
de jurisdicción coactiva, tal como lo dispone el artículo 839 del Estatuto
Tributario, no solo se debe registrar la medida cautelar ordenada por la
administración a pesar que exista otro embargo vigente inscrito, sino que
también se debe comunicar a la administración y al juez que ordenó el embargo
anterior.
Tema 2.
En ejercicio de las funciones de vigilancia y en cumplimiento de lo
previsto por el artículo (1°) del Decreto 2418 de 1999, el acto administrativo
que ordene la toma de posesión de bienes, haberes y negocios de una institución
vigilada por
La prevención a los registradores para que se abstengan de cancelar los
gravámenes constituidos a favor de la intervenida sobre cualquier bien cuya
mutación esté sujeta a registro, salvo expresa autorización del agente
especial.
Así mismo, deberán abstenerse de registrar cualquier acto que afecte el
dominio de bienes de propiedad de la intervenida a menos que dicho acto haya
sido realizado por la persona mencionada.
El aviso a los registradores, para que dentro de los treinta días
siguientes a la toma de posesión, informen al agente especial sobre las
existencias de folios de matricula en los cuales figure la entidad intervenida
como titular de bienes o cualquier clase de derecho.
En consecuencia les solicito tomar atenta nota para los fines
pertinentes.
Este acto administrativo deroga las instrucciones Nos. 027, 029, 035 de
1992 y la 046 de 1996.
EUGENIO GIL GIL
Superintendente de Notariado
y Registro